Comienza el 2016, y desde el Ministerio de
Industria se anuncia el traspaso de los clientes de dos empresas comercializadoras
eléctricas (Euroenergía de Levante S.L. y Electrourbano S.L.L.) a un
comercializador de referencia.
Vamos a tratar de responder a las preguntas que
se haría cualquier cliente de una pequeña comercializadora en una situación
así.
¿Me van a cortar la luz?
No, siempre que las facturas estén pagadas.
¿Qué es una comercializadora de referencia (COR)?
Son empresas que ofrecen la tarifa regulada de luz, o Precio Voluntario de Pequeño Consumidor (Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP, E.on y CHC). La comercializadora de referencia que se haga cargo de nuestro suministro depende de cada zona geográfica.
¿Que pasa con mi contrato?
Al pasar a una comercializadora de
referencia, el contrato anterior deja de ser válido, por lo que ya no se
aplicarán los precios pactados ni se aplicará ninguna de las cláusulas del
mismo.
¿Qué precio me aplicarán a partir de ahora?
El precio que aplica una comercializadora
de referencia para un consumidor doméstico (con una potencia inferior a 10 kW),
es el Precio Voluntario de Pequeño Consumidor (PVPC), antes denominado Tarifa
de Último Recurso (TUR).
¿Y si soy una comunidad de vecinos o una
empresa?
En esos casos, en los que la potencia
contratada suele ser superior a 10 kW no se puede aplicar el PVPC y es
obligatorio entrar en mercado libre, por lo cual se aplica el precio PVPC con
un recargo del 20%. Sería necesario elegir un nuevo comercializador lo antes
posible. No obstante como ya hemos dicho, no se cortará la luz si las facturas
están al corriente de pago.
¿Tengo que seguir pagando a la anterior
comercializadora?
No. El anterior contrato deja de estar en
vigor.
¿Qué tengo que hacer si soy un consumidor
doméstico y no quiero estar en PVPC?
El PVPC no tiene ninguna obligación de
permanencia, por lo que se puede firmar un contrato con la comercializadora que
elijamos.
¿El paso de mi anterior comercializadora a
una comercializadora de referencia tiene algún coste?
No. En ningún caso.
Ese cambio es debido a algún incumplimiento de nuestra anterior
comercializadora, por lo que no es nuestra responsabilidad y no se nos puede
cobrar nada.
¿Cómo me informan del cambio a PVPC?
La empresa distribuidora de nuestra zona será normalmente la encargada de
notificarnos por correo ordinario que nuestro anterior contrato deja de estar
en vigor.
Desde Gestaen Ingeniería, antes de
decidirse por una nueva compañía eléctrica, recomendamos analizar los precios
de las distintas ofertas y estudiar las condiciones contractuales.
Y si tienes alguna duda ¡Consúltanos!
(Imagen cortesía de www.pixabay.com)
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